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16 DE SEPTIEMBRE: ASÍ SE PAGA SI TRABAJAS EN ESTE DÍA FESTIVO

Descanso obligatorio en septiembre: conoce el día festivo, el pago triple y qué ocurre si debes trabajar durante esa fecha

Pilar Chavez3 min de lectura
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16 DE SEPTIEMBRE: ASÍ SE PAGA SI TRABAJAS EN ESTE DÍA FESTIVO

Septiembre de 2026 tendrá un solo descanso obligatorio para los trabajadores del sector privado: el miércoles 16 de septiembre, fecha que conmemora el inicio de la Independencia de México. Quienes deban trabajar ese día tienen derecho a recibir un pago triple, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT). En cambio, el martes 15 de septiembre será una jornada laboral ordinaria, por lo que las empresas no están obligadas a conceder el día libre ni un pago adicional. Esta diferencia cobra relevancia durante las fiestas patrias, cuando las celebraciones comienzan desde la noche anterior y pueden generar confusión entre los días festivos oficiales, los permisos otorgados por las empresas y las suspensiones establecidas para estudiantes.

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece el 16 de septiembre como día de descanso obligatorio para las relaciones laborales comprendidas en el Apartado A del artículo 123 constitucional. Debido a que en 2026 caerá en miércoles, la fecha no generará un puente laboral oficial, ya que la legislación no contempla trasladar este descanso al lunes o viernes. Además, el 15 de septiembre conservará su carácter de día laboral normal, aunque algunas empresas pueden otorgarlo como prestación adicional. Por otro lado, que las escuelas suspendan actividades tampoco modifica automáticamente las obligaciones laborales de los adultos. Por ello, los trabajadores deben revisar su contrato, reglamento interno o contrato colectivo para conocer si cuentan con beneficios superiores a los establecidos por la ley.

Cuando una persona trabaja durante un descanso obligatorio, la legislación contempla una compensación específica. El artículo 75 de la LFT señala que el trabajador debe recibir, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio realizado. En términos prácticos, esto representa un pago triple por esa jornada. Por ejemplo, si una persona percibe 500 pesos diarios y trabaja el 16 de septiembre, deberá recibir 500 pesos correspondientes al día de descanso más otros mil pesos por haber laborado, para un total de mil 500 pesos. La regla busca compensar el trabajo realizado en una fecha que, por ley, está destinada al descanso. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) también reconoce este derecho y ofrece orientación gratuita.

El trabajo durante un descanso obligatorio no significa que la empresa pueda sustituir el día por vacaciones o descontarlo de ese periodo. Cuando la operación de un negocio requiere personal durante el 16 de septiembre, trabajadores y empleadores deben determinar quiénes prestarán el servicio. Si no logran un acuerdo, la legislación contempla la intervención de la autoridad laboral correspondiente. Asimismo, la Profedet indica que existe un plazo de un año para reclamar el pago derivado de un descanso obligatorio trabajado. Esta precisión resulta importante para quienes reciben su nómina después de las fiestas patrias y detectan que el monto no corresponde a lo establecido por la ley. Guardar recibos de nómina y registros de la jornada puede facilitar cualquier aclaración posterior.

En este contexto, la principal diferencia de septiembre de 2026 estará entre la celebración popular y el calendario laboral oficial. El 15 de septiembre podrá incluir fiestas, ceremonias y eventos patrios, pero para la mayoría de los trabajadores del sector privado seguirá siendo un día ordinario. El 16, en cambio, sí tendrá protección como descanso obligatorio y, si se trabaja, generará el pago adicional previsto por la LFT. La existencia de políticas internas más favorables puede modificar este escenario, pero nunca debe confundirse un permiso empresarial con una obligación legal. Conocer esta distinción permite a los trabajadores organizar sus días de descanso y, sobre todo, verificar que su salario refleje correctamente las jornadas laboradas durante una fecha reconocida por la legislación mexicana.